Nacional I JCE
El Pleno de la Junta Central Electoral (JCE) ha tomado una decisión trascendental de cara a las próximas elecciones al aprobar la resolución 30-2024. Esta medida establece la designación de un coordinador de recinto electoral y la habilitación de la figura del delegado o delegada de recinto electoral.
La resolución, publicada este jueves, detalla las funciones de cada una de estas figuras. El coordinador o coordinadora de recinto electoral será el encargado de coordinar y gestionar las labores ante el recinto electoral asignado, bajo las directrices del Pleno de la JCE. Estará supervisado por el secretario de cada junta electoral y coordinado por uno o varios coordinadores generales de zona designados por el Pleno.
La designación de estos coordinadores se realizará teniendo en cuenta criterios como la cantidad de colegios por recinto, la disponibilidad de personal de la JCE, la distancia entre los recintos electorales y la complejidad de cada demarcación.
La resolución establece que en recintos con entre 3 y 24 colegios y 2,177 electores, se designará un coordinador por recinto. En casos de 25 o más colegios, se designarán dos coordinadores. En las elecciones del 19 de mayo, se prevé un total de 4,286 recintos electorales.
Este personal tendrá carácter temporal, desde el sábado anterior al día de las elecciones hasta el retorno de las valijas y equipos a la junta electoral correspondiente. Esta medida busca garantizar un proceso electoral eficiente y transparente, brindando un canal directo para las solicitudes y requerimientos de las organizaciones políticas.
